Vía judicial · 9 min
Procedimiento monitorio: cómo reclamar una deuda sin abogado
El procedimiento monitorio es el camino más rápido y barato en España para cobrar una deuda dineraria. Sin abogado si la cuantía es inferior a 2.000€.
¿Qué es el procedimiento monitorio?
Es un procedimiento judicial simplificado y ágil regulado en los artículos 812-818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Está pensado para reclamar deudas dinerarias, líquidas, vencidas y exigibles, sin límite máximo de cuantía.
Ventajas frente a un juicio ordinario
- ✅ Sin abogado ni procurador si la cuantía es inferior a 2.000€.
- ✅ Rápido: el juez requiere pago al deudor en 20 días.
- ✅ Sin tasas judiciales para personas físicas.
- ✅ Sin cuantía máxima: puedes reclamar 500€ o 500.000€.
- ✅ Si el deudor no responde, se ejecuta directamente.
Documentación que necesitas
- Factura original (o contrato, presupuesto firmado, albarán...).
- Comunicaciones previas reclamando el pago (emails, burofax, cartas).
- Justificantes de envío del burofax (acuse y certificación de contenido).
- Datos completos del deudor (nombre/razón social, CIF/DNI, domicilio).
- Cálculo detallado de la deuda: principal + intereses + 40€ indemnización.
Cómo presentar la demanda paso a paso
- Descarga el formulario oficial "Petición inicial de procedimiento monitorio" en la web del CGPJ (poderjudicial.es).
- Rellénalo con tus datos, los del deudor, importe reclamado e identifica los documentos que adjuntas.
- Adjunta toda la documentación.
- Preséntalo en el Decanato de los juzgados del domicilio del deudor. Puede ser:
- Presencial (con cita previa).
- Online (con certificado digital) en sede.justicia.gob.es
- El juzgado admite y emite requerimiento al deudor.
Qué pasa después de presentar la demanda
Escenario 1 — El deudor paga: caso cerrado, cobras.
Escenario 2 — El deudor no responde en 20 días: el juez dicta auto de ejecución. Puedes embargar cuentas, salarios, propiedades.
Escenario 3 — El deudor se opone: el procedimiento se convierte en juicio verbal u ordinario según cuantía. Aquí ya necesitarás abogado.
¿Cuánto cuesta?
- Personas físicas: 0€ en tasas judiciales.
- Empresas (deuda < 2.000€): 0€ en tasas + 0€ abogado.
- Empresas (deuda > 2.000€): tasas (~100€) + abogado y procurador (300-800€).
- Si ganas: el deudor paga costas.
Cuándo NO usar el monitorio
- ❌ Cuando hay disputa real sobre el servicio prestado.
- ❌ Cuando la deuda no está documentada con factura/contrato.
- ❌ Cuando ya ha pasado el plazo de prescripción (5 años).
- ❌ Cuando esperas que el deudor se vaya a oponer y prefieres juicio ordinario directo.
Información orientativa. Para casos complejos consulta con un abogado.