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Sector · 7 min

Morosidad en el sector sanitario

Clínicas privadas, mutuas, aseguradoras, residencias y proveedores médicos. Cada uno tiene su lógica de pago. Aquí va lo que necesitas saber.

Los plazos reales del sector sanitario

ClientePlazo medio real
Hospital público (SNS)90-180 días
Clínica privada grande60-90 días
Mutua / aseguradora60-120 días
Residencia mayores privada30-60 días
Particular en consultaInmediato o 7 días

Peculiaridades del sector

  • 1. Pagos por acto médico vs por convenio: los honorarios profesionales y los conciertos con mutuas tienen lógicas distintas.
  • 2. Códigos y nomenclátor: cada mutua tiene su sistema. Si falla un código, retrasan el pago semanas.
  • 3. Auditorías de facturación: las aseguradoras revisan caso por caso. Cualquier discrepancia retrasa el pago.
  • 4. Cesión de derechos: el paciente cede el cobro a la aseguradora. Si la aseguradora rechaza, el paciente no paga.

Marco legal aplicable

  • Ley 3/2004 (morosidad B2B): 60 días máximo en operaciones entre clínicas/mutuas
  • Ley 9/2017 (sector público): 30 días para hospitales públicos
  • Ley 50/1980 contrato de seguro: regula plazos y obligaciones de las aseguradoras
  • Interesés del 12,5% + 40€ por factura aplican igual que en cualquier sector

Estrategia anti-morosos en sanitario

  1. Convenio claro con cada mutua: revisa cada año las condiciones
  2. Facturación impecable: códigos correctos, sin tachones, justificantes
  3. Sistemático con plazos: recordatorio el día 30 si era a 30, día 60 si era a 60
  4. Email al departamento de pagos y al gerente cuando se retrasa
  5. Para hospital público: denuncia ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa
  6. Burofax + Ley 3/2004 o Ley 9/2017 según corresponda